La garantía de responsabilidad civil de explotación suele ser una de las básicas que se incluyen en las pólizas
de RC. Esta garantía cubre los daños producidos mientras los trabajos o las
obras están en marcha y no han terminado, independientemente de que en el
momento del accidente haya personal trabajando o no.
¿Qué capital se suele contratar para esta garantía?
Los capitales que habitualmente
se contratan en una póliza con garantía de RC de explotación son los mismos que
en el caso de una RC general. La cantidad suele ser 150.000, 300.000 o 600.000
euros, aunque también se pueden contratar capitales mayores en función de las
necesidades.
Muchas veces depende más del grado de concienciación del asegurado
que del tipo de actividad que se desarrolle, aunque en la práctica se suelen
contratar más capital en pólizas con garantía de RC profesional que en aquellas
donde solo hay garantía de RC de explotación.
En cualquier caso, un criterio
importante es valorar los riesgos de la actividad y elegir el capital en
consecuencia. Por ejemplo, en profesiones sanitarias donde hay riesgo de muerte
o invalidez se suelen contratar capitales más elevados. Lo mismo ocurre para
actividades cuyo riesgo puede suponen grandes pérdidas económicas, como la construcción
de un puente.
El límite de indemnización de
una póliza de seguro de RC es la máxima cobertura que una aseguradora ofrece en
el contrato. El capital suscrito es el máximo a indemnizar por siniestro y año.
Si un asegurado contrata un límite de 150.000 euros, la compañía aseguradora
deberá pagar como máximo tres siniestros de 50.000 euros durante el año.
Ejemplo de responsabilidad civil de explotación:
Para ver clara la diferencia con la responsabilidad civil de explotación veamos
otro caso: imaginemos que un objeto perteneciente a una empresa de construcción
se cae de un andamio y produce daños físicos en alguno de los viandantes. El siniestro estaría cubierto por una póliza que incluye como garantía la RC de explotación independientemente de si los albañiles se encuentran en la obra o no en el momento en que el daño es provocado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario